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Talent Management

El mito de los contratos de becarios: lo que debes saber

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8 minutos de lectura
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La mayoría de los estudiantes universitarios o de formación profesional, al finalizar sus estudios e incorporarse al mercado laboral, no tienen suficiente experiencia para desempeñarte en un puesto de trabajo. Para evitar esto, durante sus estudios complementan su formación con prácticas en empresas. Esta es la finalidad de los llamados «contratos de becarios», de carácter formativo y sin relación laboral. Como responsable de recursos humanos, sabes cuáles son sus requisitos y si debes dar de alta al estudiante en la Seguridad Social?

Datos clave

  • Los «contratos de becarios» no constituyen un contrato laboral ordinario, sino un convenio de prácticas académicas de carácter formativo entre el estudiante, el centro educativo y la empresa.
  • La jornada de prácticas suele ser de 4 a 5 horas diarias, con una duración acordada de entre 3 y 6 meses.
  • Conforme a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, las cotizaciones en prácticas no remuneradas tienen una bonificación del 100% en la Seguridad Social.
  • En las prácticas remuneradas o extracurriculares, la empresa está obligada a dar de alta al becario en la Seguridad Social antes del inicio de su actividad.

👉 Quieres saber más sobre los contratos laborales? Puedes visitar nuestra guía sobre los contratos de trabajo aquí

Existe cierta confusión entre contratar becarios y hacer contratos de prácticas, pero no es lo mismo. Un contrato de prácticas se realiza a alguien que ya tiene sus estudios finalizados, mientras que cuando contratas a un becario, esta persona todavía no ha finalizado sus estudios.

Además, hay que tener cuidado de no abusar de la figura del becario solo porque su coste laboral es bajo. La ley prohíbe que una empresa contrate a un becario para desempeñar un puesto de trabajo que no tenga relación con su formación.

Diferencias entre contratos de prácticas, contratos de becarios y contratos para la formación y el aprendizaje

Es fundamental diferenciar los distintos tipos de contratos formativos que pueden hacerse a jóvenes estudiantes o a quienes acaban de finalizar sus estudios y desean acceder al mercado laboral. Tal como informa, cada uno pr esenta particularidades:

Contratos de prácticas

  • Su duración viene establecida por convenio colectivo, pero como mínimo es de 6 meses y como máximo de 2 años.
  • El trabajador debe poseer titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, y va a ocupar un puesto de trabajo para adquirir experiencia sobre los estudios realizados.
  • Si el trabajador es mayor de 30 años, se exige que no haya finalizado sus estudios hace más de 5 años, y en caso de discapacidad, 7 años.
  • El salario se establece en el convenio colectivo. Si no está definido, debe cobrar como mínimo el 60% durante el primer año del salario fijado por convenio para un puesto similar, y el 75% en el segundo año. Nunca puede ser inferior al salario mínimo interprofesional.
  • Al tratarse de un contrato laboral, el trabajador debe cotizar a la Seguridad Social.

¡Aprende más sobre este tipo de contrato aquí!

Contratos de becarios

  • No son estrictamente un tipo de contrato, pero se conocen popularmente como contratos de becarios.
  • Consisten en convenios de prácticas que se acuerdan entre tres partes: el centro educativo, el estudiante y una empresa.
  • El estudiante adquiere formación práctica sobre lo que está estudiando, pero no desarrolla un trabajo en sentido estricto.
  • Sus condiciones quedan reguladas por el convenio.

Contratos para la formación y el aprendizaje

  • Se pueden realizar a jóvenes que no posean formación relacionada con el trabajo que van a desempeñar.
  • En este tipo de contrato se alternan formación teórica y práctica. Durante el primer año, el trabajador dedica a trabajo efectivo un 75% de la jornada (30 horas semanales) y en el segundo y tercer año, un 85% (34 horas semanales). El resto del tiempo es para la formación teórica, 10 horas semanales el primer año y 6 horas en los siguientes.
  • Es obligatorio que el trabajador tenga entre 16 y 24 años, ambos inclusive.
  • La duración se fija en convenio colectivo, pero no puede ser inferior a 6 meses ni superior a 3 años.
  • El salario queda fijado por convenio colectivo, pero nunca puede ser inferior al salario mínimo interprofesional.
  • Al finalizar el contrato, el estudiante obtiene un certificado de profesionalidad oficial reconocido en España y Europa.
  • Es el único contrato bonificado que permite a la empresa ahorrar hasta un 40% de los costes laborales de un trabajador.

Se confunden a menudo los contratos de becarios y los de prácticas, pero son figuras distintas. Mientras que un becario aún está cursando sus estudios, el trabajador con contrato de prácticas ya ha finalizado su formación y posee el título correspondiente.

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Tipos de prácticas que puede realizar un becario

En el convenio de prácticas se establece el número total de horas que debe realizar el estudiante. Estas horas pueden ser de dos tipos:

Prácticas curriculares

Estas prácticas son obligatorias para obtener la titulación, forman parte del plan de estudios y no conllevan relación laboral, por lo que no se remuneran ni cotizan a la Seguridad Social.

El estudiante no tendrá los derechos laborales recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, no tendrá derecho a vacaciones. Tampoco está obligado por la normativa actual de control horario a registrar la entrada y salida diaria.

Prácticas extracurriculares

Estas prácticas no forman parte del plan de estudios, se realizan de manera voluntaria por el estudiante. En este caso, sí existe una relación laboral especial y, por tanto, el trabajador recibe una remuneración fijada en el convenio. La empresa debe comunicar el alta en la Seguridad Social.

Es importante que las altas se realicen antes del inicio de las becas. De lo contrario, la empresa estaría incumpliendo la normativa. Lo más recomendable es esperar a que el convenio quede formalizado, ya que tramitarlo puede llevar tiempo.

En ocasiones, las empresas prefieren compensar al estudiante con ciertos gastos compensatorios (traslado, comida, etc.), pero estos pagos no pueden considerarse remuneración en sentido estricto.

Cómo funcionan los contratos de becarios?

Si tu empresa desea establecer convenios de prácticas, lo primero es registrarse como entidad colaboradora en las bolsas de trabajo de universidades o centros formativos.

Después publicará el perfil que busca y, una vez seleccionados los estudiantes, lo comunicará al centro educativo correspondiente.

Los estudiantes elegidos firmarán un convenio de prácticas en el que se recogen las condiciones pactadas por la empresa, el centro educativo y el estudiante.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes en torno a la incorporación de un becario.

Obligaciones de la empresa

  • Todo becario debe contar con un tutor académico cualificado que le oriente durante sus prácticas.
  • También tendrá un tutor en la empresa, con experiencia profesional, que le forme y supervise su desempeño.
  • El tutor de la empresa elaborará un informe final para el tutor académico, donde consten las horas realizadas y su valoración sobre las funciones cumplidas.
  • El becario debe estar informado sobre prevención de riesgos laborales y sobre la organización de la empresa.
  • La empresa debe mostrar flexibilidad cuando el estudiante deba realizar exámenes o asistir a actividades académicas.

Los convenios de prácticas

Los convenios de prácticas o contratos de becarios recogen tareas, condiciones y duración de las prácticas, e identifican a las partes: el estudiante, la universidad y la empresa.

Suelen estructurarse de la siguiente manera:

  • Primera parte: Datos generales de la universidad o centro de formación, la empresa y el estudiante, incluyendo domicilios y contacto.
  • Segunda parte: Proyecto de formación. Fechas de inicio y final, jornada completa/parcial, importe de la beca, si hay remuneración o no, horario y número total de horas. Por lo general, la jornada es de 4 o 5 horas y la duración oscila entre 3 y 6 meses, a acordar por las partes.
  • Tercera parte: Referencia a la normativa que regula los contratos de becarios y a la protección de datos de las partes. La normativa principal incluye:
    • Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre: Inclusión de los estudiantes en prácticas en el Régimen de la Seguridad Social.
    • Real Decreto 592/2014, de 11 de julio: Regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
    • Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio: Medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
  • Cuarta parte: Seguros y coberturas que puede asumir la universidad o centro formativo durante el período de prácticas.

Cotización de becarios a la Seguridad Social

En los contratos de becarios hay prácticas remuneradas y no remuneradas. La empresa solo tiene la obligación de dar de alta en la Seguridad Social al becario con prácticas remuneradas, ya que las prácticas no remuneradas están bonificadas al 100% en la Seguridad Social. Así se establece en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

La sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2013 también refuerza la obligatoriedad de dar de alta en la Seguridad Social a los becarios que perciban remuneración. Las empresas que financien la beca están obligadas a dar de alta aunque sea con una cotización mínima, que cubre todas las contingencias excepto desempleo.

Uso abusivo de la figura del becario

El convenio de prácticas supone para el becario su primer contacto con el entorno laboral y la posibilidad de aplicar sus conocimientos. En ningún caso puede realizar funciones que no guarden relación con su formación.

Según el Tribunal Supremo, un becario nunca puede sustituir un puesto de trabajo. La diferencia entre una beca y un contrato laboral está en la finalidad de uno y otro. La beca no consiste en beneficiarse del trabajo del becario, sino en ayudarle a formarse.

Los requisitos fundamentales para celebrar contratos de becarios son:

  • El becario debe ser estudiante y contar con la autorización de la universidad o centro para firmar el convenio de prácticas.
  • Las tareas asignadas deben guardar relación directa con sus estudios.

En la práctica, muchos becarios terminan realizando trabajo ordinario. Esto se debe a que algunas empresas aprovechan el bajo coste laboral, empleando a becarios en trabajos ajenos a su formación. La ley impide este uso abusivo.

Contratar a un becario así resulta más barato, pero es ilegal y propicia la precariedad laboral, por lo que las empresas pueden ser objeto de inspección.

Algunos indicios de uso fraudulento de becas son:

  • El becario no tiene tutor en la empresa.
  • Realiza tareas ajenas a su formación.
  • Permanece mucho tiempo en la empresa a través de becas consecutivas.
  • La beca tiene un importe salarial elevado.
  • El propio becario afirma ante un inspector que está trabajando y no aprendiendo.

Particularidades sobre becarios internacionales

Las empresas pueden firmar convenios de prácticas con universidades extranjeras. Debes atender a ciertos detalles si se trata de becarios internacionales:

  • El becario internacional debe obtener permiso de residencia para residir legalmente en España. Este permiso permite hacer prácticas, pero no desarrollar un trabajo laboral.
  • Si las prácticas son remuneradas, necesitará un número de la Seguridad Social para ser dado de alta.
  • Con pasaporte pueden permanecer hasta seis meses, pero deben obtener el permiso de estudiante para estancias más largas.
  • En materia de tributación, si no son residentes comunitarios, la retención es del 24%. Si residen en la Unión Europea, la retención es del 19%.

Abusar de la figura del becario extranjero sin el permiso adecuado no solo es ilegal, sino que infringe la Ley de Extranjería, con sanciones graves.

Objetivo de los convenios de prácticas

Los convenios de prácticas, conocidos como contratos de becarios, no son verdaderos contratos. Son acuerdos entre el estudiante, la universidad (o centro de formación) y la empresa para que el estudiante realice prácticas vinculadas a su formación.

Su finalidad es que el estudiante adquiera formación, no que ocupe un puesto de trabajo ordinario. En los convenios se detallan las condiciones de las prácticas, que podrán ser remuneradas o no. Solo es obligatorio tramitar el alta en la Seguridad Social si el becario recibe una contraprestación económica.

Difieren de los contratos de prácticas, donde el trabajador ya tiene su titulación. Muchas empresas, para reducir costes, intentan contratar becarios para labores que no guardan relación con su formación. La normativa prohíbe expresamente este uso abusivo de la figura del becario.

1 Comments

  • Excelente post.
    Mi consulta es, se puede contratar laboralmente luego de un contrato de becario, a un estudiante extranjero en España que no haya finalizado su posgrado/master?

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