El conocido como contrato de prácticas se denomina actualmente contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Su finalidad es que una persona que ya ha terminado determinados estudios pueda adquirir experiencia profesional relacionada con la formación que ha obtenido.
No debe confundirse con las prácticas académicas de estudiantes ni con el contrato de formación en alternancia. En este caso existe una relación laboral: la persona tiene un contrato de trabajo, cobra un salario, cotiza a la Seguridad Social y cuenta con los derechos laborales asociados a esta modalidad.
Desde el 17 de diciembre de 2025, el Real Decreto 1065/2025 desarrolla con más detalle las reglas del contrato formativo, incluidas la duración, la tutorización, el plan formativo individual y el número máximo de contratos formativos que pueden mantenerse simultáneamente en cada centro de trabajo.
Datos clave
- El contrato para la obtención de la práctica profesional debe celebrarse, con carácter general, dentro de los tres años siguientes a la finalización de los estudios. El plazo es de cinco años para determinadas personas con discapacidad o capacidad intelectual límite.
- Su duración ordinaria debe estar comprendida entre 6 meses y 1 año, aunque existen determinadas excepciones que permiten ampliar el máximo.
- En 2026, la retribución de una persona contratada a jornada completa no puede quedar por debajo del SMI de 17.094 € brutos anuales, además de respetarse el salario que corresponda según convenio.
- La empresa debe elaborar un plan formativo individual y designar una persona tutora con experiencia y formación adecuadas.
- Desde diciembre de 2025 existe un límite al número de contratos formativos que pueden mantenerse simultáneamente en cada centro de trabajo.
- La conversión del contrato formativo en indefinido puede dar derecho, si se cumplen los requisitos legales, a una bonificación de 128 € al mes durante tres años y de 147 € al mes cuando la persona contratada sea una mujer.
Qué es un contrato de prácticas?
El contrato de prácticas es el nombre con el que todavía se conoce habitualmente al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, regulado en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.
Su objetivo es permitir que una persona que ya ha terminado una formación pueda adquirir las habilidades y capacidades necesarias para desarrollar profesionalmente una actividad relacionada con su titulación.
Esto tiene una consecuencia importante: no puede utilizarse simplemente como una modalidad de contratación más barata para incorporar a una persona sin experiencia. Las funciones que realice deben permitirle obtener una práctica profesional adecuada a los estudios que ha completado.
Contrato de prácticas, prácticas académicas y formación en alternancia: cuáles son las diferencias?
Estos conceptos suelen mezclarse, pero representan situaciones diferentes.
| Modalidad | Para quién está pensada | Existe contrato laboral? | Objetivo principal |
|---|---|---|---|
| Contrato para la obtención de práctica profesional | Personas que ya han obtenido una titulación habilitante. | Sí. | Adquirir experiencia profesional relacionada con los estudios terminados. |
| Contrato de formación en alternancia | Personas que compatibilizan formación con una actividad laboral retribuida. | Sí. | Combinar aprendizaje teórico y trabajo. |
| Prácticas académicas | Estudiantes que realizan prácticas vinculadas a sus estudios. | No necesariamente. Las prácticas académicas no constituyen por sí mismas una relación laboral. | Completar la formación académica mediante experiencia práctica. |
Desde el 1 de enero de 2024, las personas que realizan determinadas prácticas formativas o académicas externas, sean remuneradas o no, están incluidas en el sistema de la Seguridad Social. Esto no convierte automáticamente esas prácticas en un contrato laboral.
Qué requisitos hay que cumplir para realizar un contrato de prácticas?
El SEPE establece una serie de requisitos para poder utilizar esta modalidad.
Contar con una titulación que permita celebrar el contrato
Puede formalizarse con personas que dispongan de:
- Un título universitario.
- Un título o certificado de grado C, D o E del sistema de Formación Profesional.
- Un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas que habilite o capacite para la actividad laboral correspondiente.
La persona debe aportar a la empresa una copia de su título o certificado o, si todavía no lo tiene físicamente, una acreditación oficial de haber terminado los estudios que dan derecho a obtenerlo.
No haber superado el plazo desde que terminaron los estudios
El contrato debe celebrarse dentro de los tres años siguientes a la terminación de los estudios.
Cuando se contrata a una persona con discapacidad o capacidad intelectual límite, el plazo se amplía hasta los cinco años.
Si los estudios se realizaron en el extranjero y para ejercer la profesión es necesario reconocer u homologar la titulación en España, el plazo comienza a computarse desde ese reconocimiento u homologación.
No haber adquirido ya suficiente experiencia en la misma actividad dentro de la empresa
No puede utilizarse esta modalidad con una persona que ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad y dentro de la misma empresa durante más de tres meses.
No se tienen en cuenta para este límite las prácticas que formen parte del currículo necesario para obtener la titulación que permite celebrar el contrato.
No haber agotado la duración máxima con la misma titulación
Una misma persona no puede permanecer contratada mediante esta modalidad durante más tiempo que el máximo permitido utilizando la misma titulación o certificado, aunque los contratos se hayan celebrado con empresas diferentes.
Los títulos universitarios de Grado, Máster y Doctorado se consideran titulaciones diferentes a estos efectos, salvo determinadas situaciones previstas por la normativa.
La empresa puede solicitar al servicio público de empleo información sobre contratos formativos celebrados anteriormente por la persona y su duración para comprobar que no se supera el límite.
Cuánto dura un contrato de prácticas?
La duración ordinaria del contrato para la obtención de práctica profesional es de un mínimo de seis meses y un máximo de un año.
Si inicialmente se firma por un periodo inferior al máximo, las partes pueden acordar una prórroga hasta alcanzar la duración máxima legal o la establecida por convenio colectivo, salvo que el propio convenio disponga lo contrario.
Existe una excepción para determinadas personas con discapacidad, capacidad intelectual límite o en situación de exclusión social. En estos casos, la duración máxima puede ampliarse hasta dos años cuando se justifique por las características de la persona y de su proceso de formación práctica.
Determinadas situaciones que suspenden el contrato, como incapacidad temporal, nacimiento, adopción, riesgo durante el embarazo o la lactancia y otras previstas legalmente, interrumpen también el cómputo de la duración del contrato formativo.
Cuál es el periodo de prueba?
El contrato para la obtención de práctica profesional puede establecer un periodo de prueba máximo de un mes.
El convenio colectivo puede establecer una duración inferior. Por tanto, antes de incluir el periodo de prueba en el contrato conviene comprobar siempre qué dispone el convenio aplicable.
Cuánto se cobra con un contrato de prácticas en 2026?
La retribución debe ser la que establezca el convenio colectivo aplicable para este tipo de contrato. Si el convenio no establece una cantidad específica, corresponde la retribución del grupo profesional y nivel salarial de las funciones que desempeña la persona.
En cualquier caso, el salario no puede quedar por debajo de los mínimos establecidos legalmente.
El Salario Mínimo Interprofesional de 2026 está fijado en 1.221 € brutos mensuales en 14 pagas, equivalentes a 17.094 € brutos anuales para una jornada completa.
Cuando el contrato es a tiempo parcial, los límites que corresponda aplicar se calculan proporcionalmente al tiempo de trabajo efectivo.
La normativa actual tampoco permite que las personas contratadas mediante esta modalidad realicen horas extraordinarias, salvo las destinadas a prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes previstos por el Estatuto de los Trabajadores.
Cómo debe formalizarse el contrato?
El contrato formativo debe formalizarse por escrito.
En el documento deben aparecer expresamente:
- La duración del contrato.
- El puesto de trabajo que se va a desempeñar.
- La titulación de la persona trabajadora.
- Las demás condiciones laborales correspondientes.
Además, debe incorporarse como anexo el plan formativo individual.
La empresa tiene que comunicar al servicio público de empleo el contenido del contrato y de sus posibles prórrogas durante los diez días hábiles siguientes a su formalización. También debe comunicar su terminación dentro del plazo correspondiente.
Qué es el Plan Formativo Individual?
El Plan Formativo Individual sirve para dejar por escrito qué práctica profesional va a adquirir la persona durante el contrato y cómo se realizará su seguimiento.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1065/2025, el contenido mínimo está definido con mayor precisión.
Debe incluir al menos:
- Itinerario formativo-laboral: los contenidos y funciones que la persona irá desarrollando a lo largo del contrato hasta adquirir los conocimientos necesarios para desempeñar el puesto.
- Sistema de tutoría: cómo se realizará el seguimiento de la persona trabajadora.
- Sistema de evaluación: cómo se valorará la actividad laboral desarrollada.
- Identificación de la persona tutora: quién será responsable de acompañar y supervisar el proceso.
El plan puede incluir también acciones formativas específicas relacionadas con la titulación y con el trabajo realizado. Si se incorporan, deben ser gratuitas para la persona trabajadora y se consideran tiempo de trabajo efectivo.
Quién puede ser tutor de un contrato de prácticas?
La empresa debe designar una persona tutora con experiencia y formación adecuadas.
Su función consiste en realizar el seguimiento del itinerario formativo-laboral, supervisar a la persona contratada y evaluar la actividad realizada.
La empresa debe darle tiempo y medios suficientes para desempeñar estas funciones.
Además, una misma persona puede tutorizar simultáneamente un máximo general de cinco trabajadores con contratos formativos. En centros de trabajo de menos de 30 personas, el máximo se reduce a tres.

Cuántos contratos formativos puede tener una empresa al mismo tiempo?
Desde el 17 de diciembre de 2025, el Real Decreto 1065/2025 establece un máximo de contratos formativos vigentes simultáneamente por centro de trabajo.
| Plantilla del centro de trabajo | Máximo de contratos formativos simultáneos |
|---|---|
| Hasta 10 personas | 3 contratos |
| Entre 11 y 30 personas | 7 contratos |
| Entre 31 y 50 personas | 10 contratos |
| Más de 50 personas | 20 % de la plantilla |
Los convenios colectivos sectoriales pueden establecer límites inferiores. Además, existen particularidades para determinados colectivos, por lo que conviene revisar la norma y el convenio antes de calcular el máximo aplicable.
Vídeo sobre el contrato de prácticas
En este episodio de Hablemos sobre Laboral se explican algunos de los cambios introducidos en los contratos formativos. Ten en cuenta que la regulación se ha desarrollado posteriormente mediante el Real Decreto 1065/2025, por lo que el vídeo debe complementarse con la información actualizada de este artículo.
Qué ocurre cuando termina el contrato de prácticas?
Cuando finaliza el periodo acordado o su prórroga, la extinción del contrato formativo no genera la indemnización por finalización prevista para otras modalidades temporales.
La terminación por expiración del tiempo convenido debe notificarse a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Si la empresa incumple este plazo, deberá abonar a la persona trabajadora una cantidad equivalente al salario correspondiente a los días de preaviso que haya incumplido.
Si no existe denuncia ni una prórroga expresa y la persona continúa trabajando, el contrato puede prorrogarse automáticamente hasta alcanzar su duración máxima.
Una vez agotada la duración máxima, continuar prestando servicios puede provocar que la relación pase a considerarse indefinida en los términos previstos legalmente.
Además, al finalizar el contrato la empresa debe entregar una certificación de la práctica realizada en la que aparezcan:
- La duración de las prácticas.
- El puesto de trabajo desempeñado.
- Las principales tareas realizadas.
La persona contratada mediante esta modalidad está protegida por la Seguridad Social, incluida la prestación por desempleo cuando cumpla los requisitos correspondientes.
Qué obligaciones tiene la empresa?
El contrato para la obtención de práctica profesional tiene una finalidad formativa que la empresa debe respetar durante toda su duración.
Entre sus principales obligaciones se encuentran:
- Comprobar que la persona dispone de una titulación que permite utilizar esta modalidad.
- Asignar funciones relacionadas con los estudios realizados.
- Comprobar que no se han superado los límites temporales para celebrar el contrato.
- Formalizar el contrato por escrito.
- Elaborar y adjuntar el Plan Formativo Individual.
- Designar una persona tutora con experiencia y formación adecuadas.
- Respetar los límites de duración y periodo de prueba.
- Pagar la retribución establecida legal y convencionalmente.
- Comunicar el contrato y sus prórrogas al servicio público de empleo.
- Respetar el máximo de contratos formativos simultáneos permitido en el centro de trabajo.
- Entregar la certificación correspondiente cuando finalice el contrato.
El Real Decreto 1065/2025 establece expresamente que los contratos formativos celebrados en fraude de ley o aquellos en los que la empresa incumpla sus obligaciones formativas se entenderán celebrados por tiempo indefinido de carácter ordinario.
Descarga un modelo de contrato para la obtención de práctica profesional
Para utilizar correctamente esta modalidad es importante formalizar por escrito la relación laboral y reflejar tanto las condiciones del puesto como su finalidad formativa.
Descarga gratis el modelo de contrato de prácticas en PDF

Qué ventajas puede ofrecer este contrato a una empresa?
La principal ventaja no debería entenderse como una reducción del coste salarial, sino como la posibilidad de incorporar y desarrollar talento que acaba de completar su formación.
Bien utilizado, permite que una persona aprenda cómo funciona profesionalmente su área mientras la empresa puede conocer su evolución antes de plantear una relación laboral estable.
También puede ser útil para:
- Crear una cantera de talento para posiciones futuras.
- Transferir conocimientos mediante la figura del tutor.
- Incorporar perfiles con formación reciente.
- Desarrollar competencias vinculadas a las necesidades reales de la empresa.
- Facilitar una posible incorporación indefinida posterior.
Eso sí, el contrato debe mantener durante toda su duración su finalidad de adquisición de práctica profesional. Utilizarlo simplemente para cubrir un puesto ordinario sin proporcionar el acompañamiento y aprendizaje exigidos puede provocar que la relación sea considerada indefinida.
Hay bonificaciones si el contrato de prácticas se convierte en indefinido?
Sí. El Real Decreto-ley 1/2023 establece incentivos para la transformación en indefinidos de contratos formativos al finalizar su duración inicial o prorrogada.
Cuando se cumplen los requisitos necesarios, la bonificación es de:
- 128 € al mes durante tres años con carácter general.
- 147 € al mes durante tres años cuando la persona contratada sea una mujer.
La aplicación de estas bonificaciones está sujeta a los requisitos generales establecidos en la normativa de incentivos a la contratación, por lo que conviene comprobar que la empresa y la contratación cumplen las condiciones antes de aplicarlas.
Cómo puede Factorial ayudar a gestionar los contratos de prácticas?
Gestionar un contrato formativo implica tener controlados varios documentos y fechas: contrato, titulación, Plan Formativo Individual, posibles prórrogas y documentación relacionada con la persona trabajadora.
Con el Gestor Documental de Factorial puedes centralizar contratos y otros documentos laborales y mantenerlos organizados dentro del expediente de cada persona.
Factorial también permite gestionar procesos de firma electrónica y documentación de los empleados, lo que facilita que Recursos Humanos tenga la información laboral localizada y accesible durante todo el ciclo de vida de la persona en la empresa.
La herramienta no sustituye la comprobación de que el contrato cumple los requisitos legales ni la elaboración correcta de su contenido formativo. Esa responsabilidad continúa correspondiendo a la empresa.

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Preguntas frecuentes sobre el contrato de prácticas
El contrato de prácticas permite que una persona titulada adquiera experiencia profesional relacionada con sus estudios mediante una relación laboral. Estas son las dudas más habituales sobre sus requisitos, duración, salario y funcionamiento.
Su denominación oficial es contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Su objetivo es que una persona que ya ha terminado determinados estudios adquiera las habilidades y capacidades profesionales relacionadas con su titulación.
La persona debe disponer de una titulación habilitante y, con carácter general, el contrato tiene que celebrarse dentro de los tres años posteriores a la terminación de los estudios. El plazo se amplía a cinco años para determinadas personas con discapacidad o capacidad intelectual límite.
La duración ordinaria está comprendida entre seis meses y un año. Si inicialmente se celebra por menos tiempo, puede acordarse una prórroga hasta alcanzar el máximo legal o convencional, salvo que el convenio establezca otra cosa.
La retribución será la prevista en el convenio colectivo para esta modalidad o, si no existe una previsión específica, la correspondiente al grupo profesional y las funciones realizadas. En ningún caso puede quedar por debajo de los mínimos legales; el SMI de 2026 es de 17.094 € brutos anuales para una jornada completa.
Sí. La empresa debe elaborar un Plan Formativo Individual y designar una persona tutora con experiencia y formación adecuadas. El plan debe recoger, como mínimo, el itinerario formativo-laboral, los sistemas de tutoría y evaluación y la identidad del tutor.
El límite se calcula por centro de trabajo: hasta 10 empleados pueden mantenerse 3 contratos formativos simultáneos; entre 11 y 30, hasta 7; entre 31 y 50, hasta 10; y cuando hay más de 50 trabajadores, el máximo general es el 20 % de la plantilla.
No existe indemnización específica por la finalización del contrato al llegar a la duración acordada. Sí debe notificarse la terminación con 15 días de antelación y, si la empresa incumple ese plazo, debe compensar económicamente los días de preaviso omitidos.
Factorial puede ayudar a centralizar contratos, documentación de empleados y otros archivos relacionados con la relación laboral, además de facilitar procesos de firma electrónica. Esto permite a RR. HH. mantener la información organizada, aunque la empresa sigue siendo responsable de comprobar que el contrato, el Plan Formativo Individual y la tutorización cumplen la normativa aplicable.




Con el contrato de prácticas , tengo derecho a un plus por el transporte
Buenas. tengo una duda: si mi sueldo va a ser 1050€ en bruto con contrato de practicas 2 años, que cobro el 60% de eso o como el mínimo que serían 900 y algo porque es el minimo interprofesional?
Hola Manuel,
La remuneración se fija en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que en su defecto, puedan ser inferiores al 60 o 75 por ciento durante el primero o segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. Las citadas cuantías NO podrán ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional.
Saludos,
En una convocatoria piden ser menor de 30 años
Si tengo 31 y hace menos de 5 años que obtuve el título,no podría servir?
Gracias
Hola Ale,
En principio si que podría.
Saludos,
Hola,
Una consulta es necesario que el título de educación sea oficial? o puede ser propio?
Muchas gracias
Hola Angela,
Uno de los requisitos para poder realizar un contrato en prácticas es tener alguna de las siguientes titulaciones: licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado universitario, técnico o técnico superior de formación profesional reglada u otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores. Así mismo, no haber transcurrido más de 5 años desde la finalización de los correspondientes estudios (o su convalidación en España).
Saludos,
buenas ,tengo varias duda,mi nombre es cristian ,soy mayor de 30 años,no me pueden hacer un contracto en práctica?
y sobre todo si soy mayor de 30 que beneficios tiene la empresa si me pueden contratar ? si estoy inscrito en el paro cobrando un subsidio,es posible que la empresa me puede hacer un contrato en prácticas? y por ultimo en el caso que se pueda hacer el contracto en practica a personas mayores de 30 años y me saquen del paro que beneficios tiene la empresa ?
Hola Cristian,
Te invito a que leas el artículo completo, allí se responden todas las preguntas que planteas en materia de beneficios y requisitos para acceder a un contrato de prácticas.
Un saludo
Buenas tardes. Tengo un hijo con contrato en prácticas. Su contrato es de 12 horas semanales, 3 horas cada día, de lunes a jueves. Como consecuencia de la pandemia, al no tener que acudir a sus clases (también está estudiando, a petición de la empresa, comenzó a trabajar 4 horas al día, de lunes a viernes. Estas horas las iba acumulando para el final del contrato.
En estos momentos, la empresa ha sufrido una importante reducción de pedidos y va a presentar un Erte por caída de la producción. En esta situación, le han ofrecido a mi hijo pagarle las horas de exceso. ¿Qué consideración tendrían las horas trabajadas fuera de su contrato? ¿Ordinarias o extraordinarias? Gracias y un saludo.
Hola Jesús,
Con la información que aquí expones, se podría afirmar que cualquier hora prestada en exceso sobre las normales de trabajo son consideradas horas extraordinarias. Dependerá del contrato, convenio y normativa interna de la empresa la forma de compensación (económica o en descanso).
Saludos,
Hola, tengo 24 años y soy graduado, he estado dado de alta como autónomo. ¿ Me puedo acoger a un contrato de prácticas . Gracias.
Hola María y gracias por tu mensaje. Eso dependerá de varios factures, siendo uno de ellos la cantidad de horas trabajadas que estipule el contrato en cuestión. Lo mejor sería que conectes con un asesor legal que pueda orientar tu caso particular. Saludos y que tengas una buena semana!
Hola :)
Recientemente me finalicé mis estudios de MBA (dispongo de un visado de estudios). Una empresa salvadoreña que está abriendo una sucursal aquí en Madrid y dispone solo de 1 trabajador, puede realizarme un contrato de prácticas?
Hola Susana y gracias por tu mensaje! En estos casos específicos donde intervienen cuestiones tan particulares, es siempre mejor consultar directamente con la fuente, es decir conectando con el área de recursos humanos de la empresa en cuestión. Que tengas una buena semana!
Hola. Tengo una duda:
Una persona que ha terminado la carrera universitaria hace ya un tiempo (más de 7 años), pero el máster de especialización hace menos de 5 años, podría tener un contrato de prácticas??
Muchas gracias.
Hola, Ana María. El tiempo máximo que se admite para los contratos en prácticas es de hasta cinco años una ves finalizado los estudios de especialización o su convalidación en el país. Si tuvieras más dudas, te animamos a que participes en nuestro Foro de Recursos Humanos https://comunidad.factorialhr.es/ Un saludo.
Con el cambio de la normativa de los contratos en practicas siguen sin tener derecho a indemnizacion los contratos en practicas o si tienen derecho, si es asi que requisitos hay que cumplir para qu eme lo den
Hola Martin,
Con la nueva normativa, los contratos en prácticas continúan sin tener derecho a indemnización al finalizar el contrato. Sin embargo, es importante revisar siempre las actualizaciones legales y convenios colectivos específicos de tu sector, ya que pueden existir particularidades. Te recomendamos consultar con un experto en derecho laboral para obtener información detallada y actualizada sobre tu situación específica.
¡Hola! Si termina mi contrato en prácticas (ha pasado 1 año: 6 meses + prórroga de 6 meses) y me ofrecen un nuevo contrato temporal (no es la prórroga del que tengo) con condiciones que no me gustan, ¿puedo rechazarlo sin perder el derecho a solicitar prestaciones por desempleo?
Hola Marta.
Sí, puedes rechazar el nuevo contrato temporal sin perder el derecho a solicitar prestaciones por desempleo, siempre que tu contrato en prácticas haya finalizado de manera natural (es decir, por término de su duración). El derecho a la prestación se genera si cumples con los requisitos de cotización previos, y rechazar una oferta laboral que no es una continuación directa del contrato anterior no te penaliza para acceder al desempleo.
Un saludo